Las empresas que registren compras anuales menores a 150 salarios base y sus activos no superen los 350 salarios base, pueden acogerse a este régimen.
Es una opción para pequeños negocios. Tiendas, kioskos en centros comerciales, floristerías, tiendas de calzado, estudios fotográficos, etc. A ellos se les facilitará el manejo de la contabilidad y declarar con base en sus compras (no de acuerdo con sus ingresos).
Es un régimen que no está previsto para grandes empresas y sí para los negocios que no efectúen compras anuales que sean mayores a 150 salarios base. Además, sus activos fijos no pueden tener un valor superior a 350 salarios base y la cantidad máxima de empleados que pueden tener es de 5 personas.
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