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¿Qué sucede el 1 de junio con respecto a la facturación electrónica en Panamá?
15 de mayo de 2021

¿Qué sucede el 1 de junio con respecto a la facturación electrónica en Panamá?

Te explicamos lo qué entra en vigor según el Decreto Ejecutivo 766 de diciembre de 2020

Poco a poco va avanzando el proceso de adopción de Factura Electrónica en Panamá que eventualmente pasará a ser obligatorio para todas las empresas reemplazando otras formas de facturación que tiene el país en la actualidad como son la impresora fiscal. De este modo Panamá se alinea con la tendencia Latinoamericana que adapta el proceso fiscal hacia los medios electrónicos desde el 2013, generando facilidades en cuanto a la transparencia fiscal y a su relación con el crecimiento de la economía interna.

El 1 de junio ha sido fijada como fecha definitiva para dar el siguiente paso luego de finalizar una fase de pruebas que contó con la participación de 43 empresas, según cifras de la DGI para marzo 2021. En esta fecha lo siguiente tomará lugar según el ente fiscal:

  • Es la fecha tentativa en la que deben implementar la factura electrónica, las personas naturales y jurídicas que hayan solicitado a la Dirección General de Ingresos, DGI el uso de factura electrónica para documentar sus operaciones de transferencia, venta de bienes y prestación de servicios y además que sean exceptuadas por el fisco del uso de equipos fiscales dado su volumen o naturaleza de operaciones. La DGI agregó además que a partir del 1o de junio a los profesionales o independientes, emprendedores, micro y pequeñas empresas, se les facilitará la inclusión a través de una app gratuita de factura electrónica que puede ser operada desde cualquier computadora, tablets o dispositivo móvil.

  • Esta fecha entonces rige para empresas exceptuadas de equipo fiscal pero también incluye a cualquier otra compañía que haya requerido voluntariamente la adopción de la Factura Electrónica en busca de mejorar sus procesos. Así las organizaciones que lo deseen podrán aprovechar esta ventaja para ir adoptando la transformación digital, comercio electrónico, y sus ahorros operativos relativos. Con esta invitación, la DGI está promoviendo el uso voluntario de la factura electrónica como alternativa de facturación e incorpora el modelo operativo con los PAC y poniendo así a disposición del contribuyente un facturador gratuito simplificado.

  • Igualmente el 1 de junio, la DGI habilitará solicitudes en línea para aquellas empresas interesadas en dar inicio al proceso de certificación como Proveedores Autorizados Calificados (PAC), la atención en línea para contribuyentes a través del sistema e-Tax 2.0 para quienes deseen migrar voluntariamente hacia la factura electrónica como su único mecanismo autorizado para facturar. De este modo, la administración tributaria podrá emitir las autorizaciones para actuar como PAC conforme al Decreto Ejecutivo 766 que establece las responsabilidades y obligaciones de los PAC, así como los mismos para los usuarios de factura electrónica. En el sentido legal, la sección de los deberes y obligaciones de los usuarios de factura electrónica entrará a regir a partir del 1 de junio de 2021, mientras que el resto del Decreto Ejecutivo 766, entró a regir el 30 de diciembre de 2020.

Leer aquí: Facturación Electrónica en Panamá explicada según Resolución No. 201-0295 de enero 20 de 2021. El pasado 26 de enero de 2021 fue publicada la Resolución No. 201-0295 del 20 de enero de 2021 por parte de la DGI ente fiscal panameño que lidera el proceso de factura electrónica en el país, por medio de ésta se ha dado la Reglamentación de los Proveedores de Autorización Calificados o PAC para la Factura Electrónica.

¿Qué es la factura electrónica en Panamá y de qué se trata?

La factura electrónica es un documento (en formato XML firmado digitalmente), que registra la transacción de operaciones de transferencia, venta de bienes y prestación de servicios, generada y firmada electrónicamente por el vendedor, y autorizada electrónicamente por la DGI. La firma electrónica del vendedor le da validez legal al archivo electrónico y la autorización de la DGI le da validez fiscal. El documento puede representar una factura, una nota de débito o una nota de crédito.

Cada vez que se factura, la empresa envía el documento en segundos al PAC (Proveedor Autorizado Calificado) para su respectiva autorización, para que posteriormente pueda ser entregado al cliente por correo electrónico. Una de las tareas de los PAC´s es reportar las autorizaciones de uso emitidos para los registros de la DGI. Con este nuevo modelo de facturación se reemplaza a la impresora fiscal.